Nuevos límites para cuentas abreviadas y auditoría: qué deben saber las pymes

En los próximos meses puede producirse un cambio relevante para muchas pymes en materia contable y de auditoría. El Gobierno ha impulsado un Proyecto de Ley que actualiza los criterios de tamaño empresarial, con un efecto muy concreto: más empresas pasarán a ser consideradas “pequeñas” a efectos de información financiera.

Esto puede suponer menos obligaciones formales, la posibilidad de formular cuentas abreviadas y, en algunos casos, dejar de estar obligadas a auditarse únicamente por razón de tamaño. Pero conviene ser prudentes: la norma todavía no está en vigor.

Veamos qué se propone, qué impacto tendría y qué conviene hacer desde ya.

¿Qué se está tramitando exactamente?

El Consejo de Ministros aprobó el 4 de noviembre un Proyecto de Ley que modifica los criterios de tamaño empresarial a efectos de información financiera. El texto ya se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y se encuentra en tramitación parlamentaria.

La finalidad es actualizar unos umbrales que llevaban años sin revisarse y alinearlos con la normativa europea. El resultado práctico sería que muchas empresas que hoy se consideran medianas pasarían a tratarse como pequeñas a efectos contables.

Eso sí, es importante insistir en una idea clave: estamos ante un Proyecto de Ley, que puede sufrir cambios y cuya aplicación dependerá de su aprobación definitiva y publicación en el BOE.

¿Cómo cambian los límites para formular cuentas abreviadas?

Hasta ahora, una sociedad puede formular cuentas abreviadas si durante dos ejercicios consecutivos cumple al menos dos de estos tres límites:

  • Activo total: hasta 4 millones de euros
  • Cifra neta de negocios: hasta 8 millones de euros
  • Plantilla media: hasta 50 trabajadores

El Proyecto de Ley eleva de forma significativa estos umbrales:

  • Activo total: hasta 7,5 millones de euros
  • Cifra neta de negocios: hasta 15 millones de euros
  • Plantilla media: se mantiene en 50 trabajadores

Si se aprueba en estos términos, muchas empresas que hoy formulan cuentas normales podrían pasar al modelo abreviado, con menos notas, menos desglose y menor complejidad técnica.

Conviene no confundir simplificación formal con menor control. En empresas en crecimiento, con financiación externa o con socios minoritarios, puede ser aconsejable mantener un nivel de información superior al mínimo legal.

¿Qué impacto tiene en el Plan General de Contabilidad de PYMES?

El Proyecto no se limita a la Ley de Sociedades de Capital. También adapta los límites del Plan General de Contabilidad de PYMES y de las entidades sin ánimo de lucro a las nuevas cifras:

  • Activo máximo: 7,5 millones de euros
  • Cifra de negocios o ingresos: 15 millones de euros
  • Plantilla: hasta 50 empleados

Esto permitirá que más empresas y entidades puedan aplicar el PGC PYMES, que es menos exigente que el plan general completo y reduce la carga técnica y administrativa.

Aquí es especialmente relevante revisar si existe grupo de sociedades, ya que en determinados casos las magnitudes deben analizarse de forma agregada y no solo sociedad por sociedad.

¿Cambian también los límites de auditoría obligatoria?

Sí. Otro de los puntos clave del Proyecto es la actualización de los umbrales que determinan la obligación de auditar las cuentas, congelados desde 2013.

Los nuevos límites propuestos para quedar fuera de la auditoría obligatoria por tamaño serían:

  • Activo total: hasta 3,565 millones de euros
  • Cifra neta de negocios: hasta 7,125 millones de euros
  • Plantilla media: más de 50 trabajadores

La regla no cambia: habrá obligación de auditarse si se superan, durante dos ejercicios consecutivos, al menos dos de esos tres límites.

Que la ley permita no auditar no significa que siempre sea recomendable prescindir de la auditoría. Entidades financieras, inversores o potenciales compradores pueden seguir exigiendo cuentas auditadas, especialmente en procesos de crecimiento o reestructuración.

¿Cuándo entrará en vigor y qué riesgos hay ahora?

La Directiva europea fijaba el 31 de diciembre de 2024 como fecha límite de transposición, por lo que España llega con retraso. El Proyecto prevé que la ley entre en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE y se aplique a los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero del año en curso.

En la práctica, habrá que confirmar:

  • Cuándo se aprueba definitivamente la ley
  • Si se introducen ajustes en el trámite parlamentario
  • A qué ejercicios se aplicará finalmente

Hasta entonces, siguen plenamente vigentes los límites actuales. Anticiparse cancelando auditorías o relajando procedimientos internos puede generar riesgos serios de incumplimiento.

¿Qué recomendamos hacer desde ya?

Mientras la norma se tramita, es aconsejable:

  • Revisar las magnitudes de los dos últimos ejercicios
  • Simular el impacto con los límites actuales y los nuevos
  • Analizar qué modelo de cuentas correspondería en cada escenario
  • Valorar qué nivel de transparencia necesita realmente la empresa

En Dayre sabemos que estos cambios no siempre son sencillos de interpretar. Analizar bien la situación ahora permite tomar decisiones con seguridad cuando la norma sea definitiva y evitar errores que luego pueden salir caros.

En los próximos meses puede producirse un cambio relevante para muchas pymes en materia contable y de auditoría. El Gobierno ha impulsado un Proyecto de Ley que actualiza los criterios de tamaño empresarial, con un efecto muy concreto: más empresas pasarán a ser consideradas “pequeñas” a efectos de información financiera.

Esto puede suponer menos obligaciones formales, la posibilidad de formular cuentas abreviadas y, en algunos casos, dejar de estar obligadas a auditarse únicamente por razón de tamaño. Pero conviene ser prudentes: la norma todavía no está en vigor.

Veamos qué se propone, qué impacto tendría y qué conviene hacer desde ya.

¿Qué se está tramitando exactamente?

El Consejo de Ministros aprobó el 4 de noviembre un Proyecto de Ley que modifica los criterios de tamaño empresarial a efectos de información financiera. El texto ya se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y se encuentra en tramitación parlamentaria.

La finalidad es actualizar unos umbrales que llevaban años sin revisarse y alinearlos con la normativa europea. El resultado práctico sería que muchas empresas que hoy se consideran medianas pasarían a tratarse como pequeñas a efectos contables.

Eso sí, es importante insistir en una idea clave: estamos ante un Proyecto de Ley, que puede sufrir cambios y cuya aplicación dependerá de su aprobación definitiva y publicación en el BOE.

¿Cómo cambian los límites para formular cuentas abreviadas?

Hasta ahora, una sociedad puede formular cuentas abreviadas si durante dos ejercicios consecutivos cumple al menos dos de estos tres límites:

  • Activo total: hasta 4 millones de euros
  • Cifra neta de negocios: hasta 8 millones de euros
  • Plantilla media: hasta 50 trabajadores

El Proyecto de Ley eleva de forma significativa estos umbrales:

  • Activo total: hasta 7,5 millones de euros
  • Cifra neta de negocios: hasta 15 millones de euros
  • Plantilla media: se mantiene en 50 trabajadores

Si se aprueba en estos términos, muchas empresas que hoy formulan cuentas normales podrían pasar al modelo abreviado, con menos notas, menos desglose y menor complejidad técnica.

Conviene no confundir simplificación formal con menor control. En empresas en crecimiento, con financiación externa o con socios minoritarios, puede ser aconsejable mantener un nivel de información superior al mínimo legal.

¿Qué impacto tiene en el Plan General de Contabilidad de PYMES?

El Proyecto no se limita a la Ley de Sociedades de Capital. También adapta los límites del Plan General de Contabilidad de PYMES y de las entidades sin ánimo de lucro a las nuevas cifras:

  • Activo máximo: 7,5 millones de euros
  • Cifra de negocios o ingresos: 15 millones de euros
  • Plantilla: hasta 50 empleados

Esto permitirá que más empresas y entidades puedan aplicar el PGC PYMES, que es menos exigente que el plan general completo y reduce la carga técnica y administrativa.

Aquí es especialmente relevante revisar si existe grupo de sociedades, ya que en determinados casos las magnitudes deben analizarse de forma agregada y no solo sociedad por sociedad.

¿Cambian también los límites de auditoría obligatoria?

Sí. Otro de los puntos clave del Proyecto es la actualización de los umbrales que determinan la obligación de auditar las cuentas, congelados desde 2013.

Los nuevos límites propuestos para quedar fuera de la auditoría obligatoria por tamaño serían:

  • Activo total: hasta 3,565 millones de euros
  • Cifra neta de negocios: hasta 7,125 millones de euros
  • Plantilla media: más de 50 trabajadores

La regla no cambia: habrá obligación de auditarse si se superan, durante dos ejercicios consecutivos, al menos dos de esos tres límites.

Que la ley permita no auditar no significa que siempre sea recomendable prescindir de la auditoría. Entidades financieras, inversores o potenciales compradores pueden seguir exigiendo cuentas auditadas, especialmente en procesos de crecimiento o reestructuración.

¿Cuándo entrará en vigor y qué riesgos hay ahora?

La Directiva europea fijaba el 31 de diciembre de 2024 como fecha límite de transposición, por lo que España llega con retraso. El Proyecto prevé que la ley entre en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE y se aplique a los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero del año en curso.

En la práctica, habrá que confirmar:

  • Cuándo se aprueba definitivamente la ley
  • Si se introducen ajustes en el trámite parlamentario
  • A qué ejercicios se aplicará finalmente

Hasta entonces, siguen plenamente vigentes los límites actuales. Anticiparse cancelando auditorías o relajando procedimientos internos puede generar riesgos serios de incumplimiento.

¿Qué recomendamos hacer desde ya?

Mientras la norma se tramita, es aconsejable:

  • Revisar las magnitudes de los dos últimos ejercicios
  • Simular el impacto con los límites actuales y los nuevos
  • Analizar qué modelo de cuentas correspondería en cada escenario
  • Valorar qué nivel de transparencia necesita realmente la empresa

En Dayre sabemos que estos cambios no siempre son sencillos de interpretar. Analizar bien la situación ahora permite tomar decisiones con seguridad cuando la norma sea definitiva y evitar errores que luego pueden salir caros.

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